Duplicado carnet de conducir Online
Si has sido victima de robo o has perdido el carnet de conducir, no te preocupes. Necesitas pedir un duplicado carnet de conducir.
En este articulo te explicaremos todo lo que tienes que saber sobre el duplicado del carnet de conducir, fácil y lo más barato posible, sigue leyendo y resuelve tus dudas sobre los requisitos.
¿Qué se necesita para pedir duplicado del carnet de conducir?
No sabes que se necesita para obtener un duplicado, si lo acabas de perder o se te ha roto, te lo han robado, has cambiado de domicilio. Tienes dos opciones:
- Pedir cita previa carnet de conducir para hacer el trámite de manera presencial o a través de su página web.
- Efectuar el trámite online, sin cita previa ni esperas.
En ambos casos recibirás la documentación en el plazo de un mes.
Solicitar duplicado carnet de conducir Online
Puedes solicitar el duplicado online desde la siguiente web: carnetconducir.es. Cuando ingreses el sistema verificará tu identidad y podrás hacer el trámite en unos minutos de manera fácil e intuitiva.
¿Que documentación necesitas para pedir el duplicado del carnet de conducir?
Solamente cumplir los siguientes requisitos.
- Ser residente en España.
- Estar en posesión del DNI en vigor.
- Que ninguno de los permisos del carnet de conducción estén caducados.
Cuánto cuesta un duplicado del carnet de conducir?
El coste del duplicado del carnet de conducir es de 49 €. Tasas incluidas.
El reglamento en cuanto a duplicados
1. Las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa solicitud de los interesados en el modelo oficial suscrito por el interesado, podrán expedir duplicados del permiso o la licencia de conducción en caso de sustracción, extravío o deterioro del original. También deberán expedir duplicados cuando los titulares comuniquen haber variado los datos a que se refiere el artículo anterior.
2. A la solicitud de duplicado se acompañarán los documentos que se indican en el anexo III.
3. El titular de un permiso o licencia de conducción al que se le hubiera expedido duplicado por sustracción o extravío deberá devolver el original de éste, cuando lo encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo hubiere expedido.
4. La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de éstos dará lugar a la recogida inmediata del original para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico que, de resultar falsa la causa alegada para obtener el duplicado, dará (Actualizado a Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre) 22 cuenta del hecho a la autoridad judicial por si pudiera ser determinante de responsabilidad penal.
C) Duplicados del permiso o licencia de conducción De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.2, a la solicitud de duplicado se acompañarán los documentos que se indican en el apartado A).1. párrafos a) y b).
a) Número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero, así como el consentimiento, en su caso, para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos, en los términos establecidos por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documento de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos. De no constar su consentimiento en la solicitud, deberá acompañarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
b) Una fotografía reciente del rostro del solicitante de 32 por 26 mm, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona, que se incorporará al expediente por el medio que establezca la Dirección General de Tráfico.
así como:
a) El permiso o licencia de conducción original, cuando la causa sea el deterioro o la variación de datos.
b) El documento que acredite la variación de los datos que figuran en el permiso o en la licencia de conducción, cuando la causa sea la variación de datos.